Nuevo libro sueldos digital en la Ciudad de Buenos Aires
Buenos Aires, 21/02/2018
La medida fue dispuesta por la Subsecretaría de Trabajo de la Ciudad de Buenos Aires, a través de la resolución 2017-2623-SSTIYC.
Para poder operar con este nuevo sistema, los empleadores porteños deberán reempadronarse en el Registro de Empleadores on line. La obligación de suscribir a ese sistema comienza el 1º de febrero próximo para todos los empleadores que rubrican microfichas, más allá de la cantidad de empleados que tengan, y para todas aquellas empresas con más de 20 empleados que utilicen la modalidad de "hojas móviles". En tanto, a partir del 1º de marzo deberán acogerse al sistema las empresas con más de 10 empleados que utilicen "hojas móviles".
Documentación a rubricar y periodicidad
En esta primera etapa la digitalización sólo comprende al Libro Especial de Sueldos y Jornales (Ley 20.744). A partir de su entrada en vigencia, las presentaciones de rúbrica del libro digital deberán hacerse en forma mensual y a mes vencido.
Sujetos obligados
- Para los empleadores que lleven libros en formato microfichas: deberán comenzar a realizar las presentaciones digitales a partir del 1 de febrero de 2018, sin importar la cantidad de trabajadores que posean, siendo el primer libro obligatorio a presentar el correspondiente al período enero de 2018.
- Para los empleadores que lleven libros en formato hojas móviles o libro manual, con nómina de personal de veinte o más trabajadores: deberán cumplir con las presentaciones digitales a partir del 1 de febrero de 2018, siendo el primer libro obligatorio a presentar el correspondiente al período enero de 2018.
- Para los empleadores que lleven libros en formato hojas móviles o libro manual, con nómina de personal de diez o más trabajadores: deberán adecuarse al sistema digital a partir del 1 de marzo de 2018, siendo el primer libro obligatorio a presentar el correspondiente al período febrero de 2018.
Los empleadores, cualquiera sea la modalidad de rúbrica que utilice (hojas móviles o libro manual), e independientemente de la cantidad de trabajadores en relación de dependencia que posean, podrán optar y utilizar del sistema de ventanilla digital/firma digital, siendo el primer libro obligatorio a presentar en modalidad digital el que corresponda, de forma que haya correlatividad entre la presentación en ventanilla manual y la presentación en ventanilla digital.
En el siguiente enlace podrá consultar el instructivo para su realización